MISION Y OBJETIVOS
MISIÓN PRINCIPAL
Contribuir en Argentina, por y para Argentina y el mundo, al desarrollo de una sociedad y de individuos integralmente formados en una sexualidad sana, responsable y placentera, para mejorar la calidad de vida a través de la integración y participación potenciadora y multiplicadora de organizaciones de Sexología, constituidas en agentes de cambio comprometidos con la equidad de género y los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos.
DECLARACION DE PRINCIPIOS
Adhiere en un todo a la Declaración de los Derechos Sexuales. Asociación Mundial de Sexología (W.A.S.) Hong Kong 1999
Declaración de los Derechos Sexuales. Asociación Mundial de Sexología. Hong Kong, 1999.
1.- El derecho a la libertad sexual. La posibilidad de la plena expresión del potencial sexual de los individuos. Sin embargo, esto excluye toda forma de coerción, explotación y abuso sexuales en cualquier tiempo y situación de la vida.
2.- El derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexual del cuerpo. La capacidad de tomar decisiones autónomas sobre la propia vida sexual dentro del contexto de la ética personal y social. La capacidad de control y disfrute de nuestros cuerpos, libres de tortura, mutilación y violencia de cualquier tipo.
3.- El derecho a la privacidad sexual. El derecho de las decisiones y conductas individuales realizadas en el ámbito de la intimidad siempre y cuando no interfieran en los derechos sexuales de otros.
4.- El derecho a la equídad sexual. La oposición a todas las formas de discriminación, independientemente del sexo, género, orientación sexual, edad, raza, clase social, religión o limitación física o emocional.
5.- El derecho al placer sexual. El placer sexual, incluyendo el autoerotismo, es fuente de bienestar físico, psicológico, intelectual y espiritual.
6.- El derecho a la expresión sexual emocional. La expresión sexual va más allá del placer erótico o los actos sexuales. Todo individuo tiene derecho a expresar su sexualidad a través de la comunicación, el contacto, la expresión emocional y el amor.
7.- El derecho a la libre asociación sexual. La posibilidad de contraer o no matrimonio, de divorciarse y de establecer otros tipos de asociaciones sexuales responsables.
8.- El derecho a la toma de decisiones reproductivas, libres y responsables. Abarca el derecho a decidir tener o no hijos, el número y el espacio entre cada uno, y el derecho al acceso pleno a los métodos de regulación de la fecundidad.
9.- El derecho a la información basada en el conocimiento científico. La información sexual debe ser generada a través de la investigación científica libre y ética. Abarca el derecho a la difusión apropiada en todos los niveles sociales.
10.- El derecho a la educación sexual integral. Este es un proceso que se inicia con el nacimiento y dura toda la vida y que debería involucrar a todas las instituciones sociales.
11.- El derecho a la atención de la salud sexual. La atención de la salud sexual, debe estar disponible para la prevención y el tratamiento de todos los problemas, preocupaciones y trastornos sexuales.
LOS DERECHOS SEXUALES SON DERECHOS HUMANOS FUNDAMENTALES Y UNIVERSALES.
OBJETIVOS
· Promover avances en Sexología en todo el país. · Promover el desarrollo de organizaciones de Sexología en todo el país. · Facilitar el intercambio de informaciones, conocimientos y experiencias entre los miembros y con toda la comunidad académica y científica. · Desarrollar estándares de actuación profesional en Sexología. · Contribuir al desarrollo teórico / metodológico del campo de la Sexología y la Educación Sexual. · Fortalecer la capacidad de las organizaciones o sociedades miembros para incidir en las políticas públicas en asuntos relacionados con la sexualidad y los derechos sexuales y reproductivos. · Promover la creación de post-grado, reglamentando y fiscalizando la actividad profesional en Sexología. · Tender al reconocimiento interdisciplinario de la sexología en todos sus aspectos (clínicos, educacionales, investigativos, etc.). · Tender a que se legisle sobre los aspectos formativos y sobre la actividad profesional. · Determinar las distintas ramas de la Sexología a partir de los diferentes aspectos a los efectos de decidir las incumbencias y la competencia de los profesionales, en atención a sus títulos de grado y a los estudios de perfeccionamiento y/o especialización que hubieran realizado. · Fortalecer y jerarquizar la disciplina sexológica en los ámbitos académicos, como así también su difusión. · Promover el reconocimiento, en todos los ámbitos competentes de los Sexólogos, como agentes de salud sexual, educación e investigación imprescindibles para la prevención primaria. · Promover leyes provinciales y nacionales que reconozcan, respeten y aseguren: el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de la población y el libre ejercicio de la especialidad. · Bregar por la sanción, reglamentación y cumplimiento de las leyes en gestión parlamentaria. · Iniciar y profundizar investigaciones pertinentes al logro de estos objetivos académicos y sociales vinculados con el bienestar sexual de la población. · Organizar Jornadas, Seminarios y Congresos de la especialidad. · Denunciar y perseguir el intrusismo o ejercicio ilegal de la especialidad.
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